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PARC-005 Justificación de la subvención Asociaciones Vecinales y Entidades Ciudadanas

PARC-005 Justificación de la subvención Asociaciones Vecinales y Entidades Ciudadanas

Objeto: justificación de la subvención por parte de las Asociaciones y entidades beneficiarias de las subvenciones


Documentación a aportar
Silencio
  • No procede
    • Finalizado el plazo de resolución, sin haberse producido respuesta de la administración la solicitud quedará resuelta de forma no procedente para el solicitante.
Observaciones
  • Plazo Justificación:
    La fecha tope de justificación será el 31 de enero de 2024.
     
    Forma de Justificación:
    De conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, tendrá que hacerse a través de medios electrónicos.
     
    Para la justificación de la subvención, las entidades beneficiarias tendrán que presentar la solicitud PARC-005, junto con el Anexo I Cuenta Justificativa Simplificada en la cual se detallarán las actividades realizadas y la relación de facturas con fechas comprendidas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023, disponible en la web del Ayuntamiento de Torrent.
     
Forma de presentación
  • On-line
    • El ciudadano podrá presentar su solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Torrent (www.torrent.es), utilizando los modelos normalizados existentes en carpeta ciudadana. A tal efecto, puede encontrar manuales y vídeo tutoriales en el apartado "Asistencia técnica para la tramitación electrónica", en la Sede Electrónica. También puede plantear consultas o incidencias al correo ajudam@torrent.es.
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