Si usted no dispone de un usuario para acceder, puede registrarse haciendo clic aquí
Para consultar un trámite sin finalizar que se realizo sin estar autenticado, es necesario introducir el documento identificativo que se indico en el formulario.
¿Desea continuar?
El objeto del procedimiento es prorratear las cuotas del Impuesto sobre actividades Económicas (IAE), del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) y la Tasa por aprovechamiento especial del dominio público por entrada de vehículos a través de las aceras (VADOS), en el supuesto de cese de la actividad, baja del vehículo y por cese del aprovechamiento respectivamente.
Se puede hacer el prorrateo de cuotas en los siguientes supuestos:
En el caso de el IVTM:
- Por baja definitiva del vehículo.
- Por baja temporal por sustracción o robo, desde el momento en que se produzca la baja temporal en el Registro.
En el caso del IAE.:
- Por cese de la actividad
En el caso de los VADOS
- Por cese del aprovechamiento.
Son materias compartidas con otros Administraciones Públicas en el momento que el Ayuntamiento nada más tiene competencia por lo que respecta a gestión tributaria. En materia de gestión censal corresponde a:
- Impuesto Actividades Económicas (IAE) : Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Impuesto Vehículos Tracción Mecánica: Dirección Provincial de Tránsito.