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InicioCatálogo de trámitesVer trámite SSCB-016.Bis Aportación documentación a solicitudes en trámite de reconocimiento de la situación dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema
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SSCB-016.Bis Aportación documentación a solicitudes en trámite de reconocimiento de la situación dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema
SSCB-016.Bis Aportación documentación a solicitudes en trámite de reconocimiento de la situación dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema
Aportacion de documento adicional requerido
Requisitos
Ser español (o tener residencia legal en España)
Encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos por la Ley
Residir en territorio español, y haberlo hecho durante 5 años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud
En el caso de menores de 3 años, los requisitos de residencia anteriores se exigirán a la persona encargada de su guarda y custodia
Documentación a aportar
Con carácter general, para todas las solicitudes
Documentación añadida al trámite de reconocimiento de dependencia
El ciudadano podrá presentar su solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Torrent (www.torrent.es), utilizando los modelos normalizados existentes en carpeta ciudadana. A tal efecto, puede encontrar manuales y vídeo tutoriales en el apartado "Asistencia técnica para la tramitación electrónica", en la Sede Electrónica. También puede plantear consultas o incidencias al correo ajudam@torrent.es.
Presencial
El ciudadano podrá presentar su solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.* HORARIO DE ATENCIÓN PRESENCIAL: LUNES a VIERNES de 8:30 h a 18:30 h y SÁBADOS de 9:00 h a 12:30 h (Excepto el periodo entre 01/07 y el 31/08 que tendrá horario especial y otros periodos especiales como Navidad o Fallas, que podrá consultar en www.torrent.es).
* Las tardes, a partir de las 14:00 h y los sábados, se atenderá exclusivamente con CITA PREVIA.
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