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SSCB-024 Ayuda para la lactancia artificial

SSCB-024 Ayuda para la lactancia artificial

Son ayudas en especie adscritas a sufragar parte de los gastos de alimentación infantil de los menores de 0 a 12 meses, las madres del que, por circunstancias médicas, no pueden dar lactancia natural a sus hijos/se y se encuentran en un estado de precariedad económica.


Requisitos
  • Estar empadronado/da y residir de forma habitual en el municipio de Torrent con una antigüedad, por lo menos, de seis meses en relación a la fecha en que formula la solicitud de la ayuda
  • Disponer de una renta per capita no superior a la marcada en la convocatoria anual de subvenciones
  • Que la resolución de la ayuda solicitada no sea competencia institucional de otros organismos públicos diferentes del Ayuntamiento de Torrent
  • Que no exista absentismo escolar en la unidad familiar de convivencia
  • Estar inscrito como demandando de empleo antes de la fecha en que formule la solicitud de la ayuda
  • Otros específicos exigidos según la tipología de la ayuda
  • Acreditar, mediante informe médico, que no se puede dar lactancia natural a sus hijos/as
  • Acreditar la situación de necesidad e idoneidad social para la prestación solicitada por el/la técnico municipal de servicios sociales.
Documentación a aportar
Normativa
Silencio
  • Negativo
    • Finalizado el plazo de resolución, sin haberse producido respuesta de la administración la solicitud quedará resuelta de forma negativa para el solicitante.
Observaciones
  • La documentación referida se debe presentar del titular de la solicitud y de cada uno de los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años, excepto que se indique expresamente otro límite de edad.

    Sobre la renta per capita: A efecto de calcular la renta per capita se considerarán todos los ingresos brutos provenientes de sueldos, renta de propiedades, intereses bancarios y pensiones o ayudas otorgadas por instituciones públicas o privadas de cualquier miembro de la unidad familiar de convivencia.
    Los solicitantes estarán exentos de la presentación de parte de la documentación en los siguientes supuestos: 
    a) Cuando se indique expresamente por los servicios sociales municipales y ya obro en su poder.
    b) Cuando el Ayuntamiento, bien sea por tratarse de documentación emitida por el mismo, o bien por tratarse de otra documentación pública a que pudiera tener acceso por acuerdos de comunicación de información con otros administraciones, pueda solicitar la misma de oficio; previa autorización del solicitante.
Forma de presentación
  • On-line
    • El ciudadano podrá presentar su solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Torrent (www.torrent.es), utilizando los modelos normalizados existentes en carpeta ciudadana. A tal efecto, puede encontrar manuales y vídeo tutoriales en el apartado "Asistencia técnica para la tramitación electrónica", en la Sede Electrónica. También puede plantear consultas o incidencias al correo ajudam@torrent.es.
  • Presencial
    • El ciudadano podrá presentar su solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.* HORARIO DE ATENCIÓN PRESENCIAL: LUNES a VIERNES de 8:30 h a 18:30 h y SÁBADOS de 9:00 h a 12:30 h (Excepto el periodo entre 01/07 y el 31/08 que tendrá horario especial y otros periodos especiales como Navidad o Fallas, que podrá consultar en www.torrent.es). * Las tardes, a partir de las 14:00 h y los sábados, se atenderá exclusivamente con CITA PREVIA.
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