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SSCB-016 Reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema

SSCB-016 Reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema

Estado en que se encuentran las personas que, por razones ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, psíquica o intelectual, tienen necesidades asistencia y/o de ayudas importantes con el fin de realizar los actas corrientes de la vida diaria.


Requisitos
  • Ser español (o tener residencia legal en España)
  • Encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos por la Ley
  • Residir en territorio español, y haberlo hecho durante 5 años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud
  • En el caso de menores de 3 años, los requisitos de residencia anteriores se exigirán a la persona encargada de su guarda y custodia
Documentación a aportar
  • Con carácter general, para todas las solicitudes
    • Documentación del trámite de reconocimiento de dependencia
      • Se aportará toda la documentación solicitada por la Trabajadora/Trabajador Social en el documento facilitado.
  • IMPRESO DE LA SOLICITUD
Silencio
  • Negativo
    • Finalizado el plazo de resolución, sin haberse producido respuesta de la administración la solicitud quedará resuelta de forma negativa para el solicitante.
Observaciones
  • (*) NOTAS IMPORTANTES:
    1. Este trámite solo podrá realizarse tras visitar a la Trabajadora/Trabajador Social
    2. La administración autonómica es la competente para resolver, a través de la Consellería de Justicia y Bienestar social.

Forma de presentación
  • On-line
    • El ciudadano podrá presentar su solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Torrent (www.torrent.es), utilizando los modelos normalizados existentes en carpeta ciudadana. A tal efecto, puede encontrar manuales y vídeo tutoriales en el apartado "Asistencia técnica para la tramitación electrónica", en la Sede Electrónica. También puede plantear consultas o incidencias al correo ajudam@torrent.es.
  • Presencial
    • El ciudadano podrá presentar su solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.* HORARIO DE ATENCIÓN PRESENCIAL: LUNES a VIERNES de 8:30 h a 18:30 h y SÁBADOS de 9:00 h a 12:30 h (Excepto el periodo entre 01/07 y el 31/08 que tendrá horario especial y otros periodos especiales como Navidad o Fallas, que podrá consultar en www.torrent.es).* Se atenderá exclusivamente con CITA PREVIA.
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