Cargando

Procesando
 Por favor, espere
 
 
Ir al contenido principal
Acceso sede icono cerrar ventana
Elija una de las opciones de autenticación que se muestran a continuación para poder identificarse.

Certificado Digital

Cl@ve
.

Si usted no dispone de un usuario para acceder, puede registrarse haciendo clic aquí

Sede Electrónica

Catálogo de trámites

Ayuda
icono cerrar ventana
asd
Consulte el estado de su trámite icono cerrar ventana

Para consultar un trámite sin finalizar que se realizo sin estar autenticado, es necesario introducir el documento identificativo que se indico en el formulario.

* Campos requeridos
ir a la home   Inicio Catálogo de trámites Ver trámite URBA-127 Declaración responsable para la apertura de actividad sujeta a la Ley de Espectáculos (Ley 14/2010)
Atención
Este trámite permite realizarse sin autenticación, pero un usuario no autenticado no podrá consultar su información en la carpeta ciudadana, ¿desea continuar sin autenticarse?

¿Desea continuar?

URBA-127 Declaración responsable para la apertura de actividad sujeta a la Ley de Espectáculos (Ley 14/2010)

URBA-127 Declaración responsable para la apertura de actividad sujeta a la Ley de Espectáculos (Ley 14/2010)

El objeto es la obtención de la licencia de apertura mediante declaración responsable, de locales que se dediquen a Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Actividades Socioculturales y Establecimientos Públicos según catálogo de la Ley 14/2010


Documentación a aportar
  • Con carácter general, para todas las solicitudes
    • Anexo Certificación del seguro de responsabilidad civil
      • Por alguna de las cuantías siguientes, en función de la capacidad autorizada:

        - Aforo de hasta 25 personas: 150.000 euros
        - Aforo de hasta 50 personas 300.000 euros
        - Aforo de hasta 100 personas 400.000 euros
        - Aforo de hasta 200 personas 500.000 euros
        - Aforo de hasta 300 personas 600.000 euros
        - Aforo de hasta 500 personas 750.000 euros
        - Aforo de hasta 700 personas 900.000 euros
        - Aforo de hasta 1.000 personas 1.000.000 euros
        - Aforo de hasta 1.500 personas 1.200.000 euros
        - Aforo de hasta 5.000 personas 1.800.000 euros
         
    • Certificado final de instalaciones
      • Certificado final de instalaciones, firmado por técnico competente y visado por el correspondiente colegio profesional, si así procediera, o bien, Certificado expedido por Organismo de Certificación Administrativa (OCA)

    • Impreso de inscripción catastral (Modelo nº 900D)
      • Previa consulta a la Unidad de Catastro, en el que se declaren las variaciones de orden físico, jurídico y económico a las que hace referencia la ley de Haciendas Locales, aprobada por RDL 2/2004, de 5 de marzo, que encontrará en página Web del Catastro , en la dirección (www.sedecatastro.gob.es).
    • Justificante de pago de la tasa municipal
  • En el caso de persona jurídica y NO haber presentado procedimiento previo mediante la URBA-126
    • Escritura de constitución de la sociedad mercantil
      • y de los poderes otorgados a la persona que actúe como representante
  • En el caso de que NO se hayan ejecutado obras de habilitación del local
    • Proyecto técnico de actividad un ejemplar en formato digital
      • (el contenido del mismo, ver observaciones generales).
  • En el caso de que SI se hayan ejecutado obras de habilitación del local
    • Certificado final de obras
      • Certificado final de obras, firmado por técnico competente y visado por el correspondiente colegio profesional, si así procediera

  • IMPRESO DE LA SOLICITUD
Tributos y precios públicos
  • Tasa por la prestación del servicio de concesión de licencias o comunicaciones ambientales
    • Podrá obtener la autoliquidación desde el portal de autoliquidaciones en la web www.torrent.es
Formas de pago
  • Presencialmente, en Entidades Bancarias, en RETOSA o en el Ayuntamiento.
    • - En las siguientes entidades bancarias: Bankia, BBVA, B. Mare Nostrum, B.Santander, B. Sabadell, Catalunya Banc, CaixaBank, Abanca, C. Popular, C. Rural Torrent, Cajamar e Ibercaja

      - En las oficinas de RETOSA, en la Pl. Colon, 12 bajo. Tel: 96 111 18 70, correo electrónico: retosa@torrent.es. Horario de atención: del lunes a jueves, de 8:30h a 14:00h y de 17:00h a 19:00h; viernes, de 8:30h a 14:00h; julio y agosto, de 8:30h a 14:00h.

      - En la Oficina de Atención al Ciudadano TDIC, del Ayuntamiento de Torrent, situada en la C/ Ramon y Cajal, 1, en horario de atención.
  • Telemàticamente
Preguntas Frecuentes
  • ¿En que formato se subirán los documentos requeridos?
    • Los documentos requeridos en el trámite, deberían subirse en formato PDF. Las planos que se aporten en formato digital deberán estar acotados y con escala gráfica, pues de lo contrario no son legibles ni medibles las propuestas planteadas.
  • ¿En que formato se subirán los proyectos técnicos compuestos por múltiples archivos?
    • Los Proyectos Técnicos compuestos por más de un archivo (Memorias, Planos, Estudio de gestión de residuos, Anexo de Urbanización,...) deberán subirse en formato estándar de compresión ZIP.
Silencio
  • Positivo
    • Finalizado el plazo de resolución, sin haberse producido respuesta de la administración la solicitud quedará resuelta de forma positiva para el solicitante.
Observaciones
  • CONTENIDO MÍNIMO DEL PROYECTO TÉCNICO:
    Los proyectos técnicos, deberán contener, al menos, los siguientes documentos:
    1. Memoria: contendrá descripción detallada de la actividad que se solicita e instalaciones que la conformen, cálculo motivado del aforo de acuerdo con la normativa vigente y justificación técnica, entre otros, de los apartados siguientes:
    a) Vías de evacuación y espacio exterior seguro.
    b) Salidas y recorridos de evacuación.
    c) Protecciones activas y pasivas contra el fuego, tales como instalaciones de protección contra incendios y resistencias al fuego de elementos estructurales y compartimentadores.
    d) Acabados de seguridad, tales como resbaladicidad, elementos transparentes o protecciones verticales y horizontales.
    e) Instalación eléctrica (alumbrado ordinario, de seguridad, suministros complementarios y otros).
    f) Dotaciones higiénicas y sanitarias.
    g) Ventilación y climatización.
    h) Eliminación de barreras arquitectónicas.
    i) En su caso, y cuando proceda, estudio acústico, estudio de impacto ambiental, 
    informe para la declaración de Interés Comunitario o autorización del órgano competente en materia de Patrimonio Cultural, de acuerdo con la normativa sectorial en vigor.
    j) Y aquellas medidas exigidas con la normativa higiénico-sanitaria de aplicación

    2. Documentación gráfica: contendrá, al menos los siguientes planos, debidamente acotados, en su caso:
    a) Plano de emplazamiento, con indicación de anchos de vías públicas, y justificación de espacio exterior seguro.
    b) Plano de cotas, superficies y aforos.
    c) Plano de distribución amueblado, con alzado y sección acotada, que contemple tanto zona de público como lavabos o demás zonas diferenciadas del local.
    d) Plano de instalación eléctrica, que incluya distribución en planta de sus elementos, y el esquema unifilar.
    e) Plano de instalación de ventilación y climatización.
    f) Plano descriptivo de la instalación de elementos de protección contra incendios activa como protección pasiva del local o recinto.

    --------------------------------------------

    Para la visita de inspección municipal a que se refiere el artículo 9.5. de la Ley 14/2010, deberá disponer en el local de la documentación siguiente:

    • Contrato de mantenimiento o boletín de revisión anual de la instalación eléctrica en establecimientos de pública concurrencia (art. 16 del RGPEPAR, aprobado por R.D. 2816/1982, de 27 de agosto)
    • Contrato de mantenimiento o boletín de revisión anual de la instalación de protección contra incendios (R.D. 1942/1993, de 5 de noviembre).
    • Contrato de mantenimiento del sistema de filtrado de humos de cocina, si procede, (art. 26 del R.I.T.E., aprobado por R.D. 1027/2007, de 20 de enero).
    • Contrato o documentos de recogida de aceites usados de cocina, si procede, (Orden de 13 de junio de 1990, por la que se modifica la Orden de 28 de febrero de 1989, y regula la gestión de aceites usados).
    • Auditoría Acústica (Decreto 266/2004, de 3 de diciembre, del Consell de la Generalitat, por el que se establecen normas de prevención y corrección de la contaminación acústica en relación con actividades, instalaciones, edificaciones, obras y servicios).
    • Plan de Actuación en caso de emergencia (Artículos 235.4 y 236 del Decreto 143/2015 de 11 de septiembre, del Consell por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 14/2010 de 3 de diciembre).

    NOTA IMPORTANTE:
    Según el art. 16.2 del Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (en adelante RDL 1/2004) y mediante el Modelo 900D de Catastro (www.sedecatastro.gob.es), se deberá declarar las variaciones de orden físico, jurídico y económico.
    Según el art.70 del RDL 1/2004, establece que la falta de presentación de las declaraciones o el no efectuarlas en plazo son infracciones tributarias simples.
    Y según art.28.2 del RD 417/06, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece que el plazo de presentación de las declaraciones será de dos meses contados desde el día siguiente al del hecho, acto o negocio objeto de la declaración, a cuyo efecto se atenderá a la fecha de terminación de las obras, a la del otorgamiento de la autorización administrativa de la modificación de uso o destino y a la fecha de la escritura pública o, en su caso, documento en que se formalice la modificación de que se trate.
    En el caso de declaraciones extemporáneas, el art. 87 del RD 417/06, de 7 de abril, cuantifica la sanción aplicable en función del retraso en la declaración, y de la existencia o no de requerimiento previo por parte de la Administración.

Forma de presentación
  • On-line
    • El ciudadano podrá presentar su solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Torrent (www.torrent.es), utilizando los modelos normalizados existentes en carpeta ciudadana. A tal efecto, puede encontrar manuales y vídeo tutoriales en el apartado "Asistencia técnica para la tramitación electrónica", en la Sede Electrónica. También puede plantear consultas o incidencias al correo ajudam@torrent.es.
  • Presencial
    • El ciudadano podrá presentar su solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.* HORARIO DE ATENCIÓN PRESENCIAL: LUNES a VIERNES de 8:30 h a 18:30 h y SÁBADOS de 9:00 h a 12:30 h (Excepto el periodo entre 01/07 y el 31/08 que tendrá horario especial y otros periodos especiales como Navidad o Fallas, que podrá consultar en www.torrent.es).* Se atenderá exclusivamente con CITA PREVIA.
Control de seguridad icono cerrar ventana
resu
Esta web utiliza 'cookies' propias y de terceros para ofrecerle una mejor experiencia y servicio. Al navegar o utilizar nuestros servicios el usuario acepta el uso que hacemos de las 'cookies'.