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El objeto es la ejecución de obras para la habilitación de locales, mediante declaración responsable, que se dediquen a Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos según catálogo de la Ley 14/2010
Deberá aportarse documentación gráfica (al menos plano de planta y secciones representativas) correspondiente al estado actual y reformada y memoria suscrita por técnico competente, en el que se justifique respecto a las actuaciones (obras) previstas llevar a cabo, la consideración de MODIFICACIÓN SUSTANCIAL O NO, según el art. 11 de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos.
En primer lugar Oficina Virtual Tributaria
y a continuación Portal de Pagos Telemáticos
En el caso de apertura de locales con ambiente musical, se consultará previamente la compatibilidad del uso en la Oficina de Información Urbanística.
CONTENIDO MÍNIMO DEL PROYECTO TÉCNICO:
Los proyectos técnicos, deberán contener, al menos, los siguientes documentos:
1. Memoria: contendrá descripción detallada de la actividad que se solicita e instalaciones que la conformen, cálculo motivado del aforo de acuerdo con la normativa vigente y justificación técnica, entre otros, de los apartados siguientes:
a) Vías de evacuación y espacio exterior seguro.
b) Salidas y recorridos de evacuación.
c) Protecciones activas y pasivas contra el fuego, tales como instalaciones de protección contra incendios y resistencias al fuego de elementos estructurales y compartimentadores.
d) Acabados de seguridad, tales como resbaladicidad, elementos transparentes o protecciones verticales y horizontales.
e) Instalación eléctrica (alumbrado ordinario, de seguridad, suministros complementarios y otros).
f) Dotaciones higiénicas y sanitarias.
g) Ventilación y climatización.
h) Eliminación de barreras arquitectónicas.
i) En su caso, y cuando proceda, estudio acústico, estudio de impacto ambiental, informe para la declaración de Interés Comunitario o autorización del órgano competente en materia de Patrimonio Cultural, de acuerdo con la normativa sectorial en vigor.
2. Documentación gráfica: contendrá, al menos los siguientes planos, debidamente acotados, en su caso:
a) Plano de emplazamiento, con indicación de anchos de vías públicas, y justificación de espacio exterior seguro.
b) Plano de cotas, superficies y aforos.
c) Plano de distribución amueblado, con alzado y sección acotada, que contemple tanto zona de público como lavabos o demás zonas diferenciadas del local.
d) Plano de instalación eléctrica, que incluya distribución en planta de sus elementos, y el esquema unifilar.
e) Plano de instalación de ventilación y climatización.
f) Plano descriptivo de la instalación de elementos de protección contra incendios activa como protección pasiva del local o recinto.