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CULT-003 Subvenciones destinadas a Asociaciones y Entidades Culturales sin ánimo de lucro

CULT-003 Subvenciones destinadas a Asociaciones y Entidades Culturales sin ánimo de lucro

Objeto: la concesión de subvenciones destinadas a asociaciones y entidades culturales sin ánimo de lucro ejercicio 2023 por procedimiento de concurrencia competitiva.


Documentación a aportar
  • Con carácter general, para todas las solicitudes
  • En caso que no conste en el Ayuntamiento
    • Número de Identificación Fiscal de la entidad peticionaria
    • Poderes o certificación actualizada que acredite la representación legal del solicitante
  • En el caso de NO autorizar en el Ayuntamiento a la consulta de datos
    • Certificación positiva de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
      • de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
    • Certificación positiva de la Tesorería General de la Seguridad Social
      • de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
    • Certificación positiva del Ayuntamiento de Torrent
      • de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el consistorio
Silencio
  • Negativo
    • Finalizado el plazo de resolución, sin haberse producido respuesta de la administración la solicitud quedará resuelta de forma negativa para el solicitante.
Observaciones
  • Podrán acogerse a esta convocatoria las entidades y asociaciones de carácter básicamente cultural del municipio de Torrent que promuevan actividades de apoyo, fomento y difusión de la cultura, la lengua y el patrimonio valenciano, así como promover el ejercicio de actividades dirigidas a mejorar el conocimiento y el disfrute de la cultura por parte de la ciudadanía, entendiendo la cultura como lenguaje universal facilitador del desarrollo humano y vehículo de interdependencia social, que no tengan ánimo de lucro, dotadas de personalidad jurídica y con capacidad de obrar, y que cumplan los siguientes requisitos:
     
    1.- Figurar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Torrent, con anterioridad en la publicación de esta convocatoria y tener actualizadas sus datos en el mencionado Registro, de acuerdo con aquello que se dispone en el artículo 18 del Reglamento de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Torrent.
     
    2.- Estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Torrent.
     
    3.- Haber justificado correctamente las subvenciones concedidas en años anteriores por el Ayuntamiento de Torrent.
     
    4.- No estar incurso en ninguno de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de las subvenciones previstas en el artículo 13 de la ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
     
    5.- También podrán solicitar subvención las personas físicas o jurídicas sin personalidad que desarrollan actividades que se encuadran en el ámbito recogido en la presente convocatoria. En este caso, se tendrá que hacer constar expresamente los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de la subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios. En cualquier caso, tendrá que nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poder suficiente para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación. No se podrá disolver la agrupación hasta que no haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
     
    Los beneficiarios de las subvenciones estarán obligados al cumplimiento de las disposiciones que señala el artículo 14 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y las que específicamente se relacionan a continuación:
     
    a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
    b) Justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determina la concesión o disfrute de la subvención.
    c) Comunicar en el Ayuntamiento la obtención otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financian las actividades subvencionadas. Esta comunicación tendrá que efectuarse cuando se realice y en todo caso, con anterioridad a la justificación de la subvención que le sea concedida.
    d) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y otros documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así cuántos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con el fin de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
    e) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
    f) Hacer constar en toda la publicidad y difusión del programa subvencionado la colaboración del Ayuntamiento.
    g) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos que contempla el artículo 37 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
     
    Quedan excluidas del ámbito de aplicación de esta convocatoria las siguientes actividades:
     
    1.- Las que obtengan subvención por parte de otra concejalía y las que, por su naturaleza u objetivo, puedan acogerse a otras convocatorias de subvención realizadas por el Ayuntamiento de Torrent o no se encuadren dentro del ámbito de la Cultura.
     
    2.- Las que, a juicio del Órgano colegiado de Valoración, tienen escasa relevancia y/o no tengan interés general, o bien que entran en conflicto en el respeto más riguroso y prudente a las normas sanitarias emitidas por los poderes competentes.
     
    Forma y plazo de presentación:
    Las solicitudes, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, tendrá que hacerse a través de medios electrónicos.
     
    Las entidades interesadas tendrán que presentar su solicitud, ajustada al modelo oficial que se publica en la web como CULT-003, subscrita por su presidente/a o persona que ostento la representación legal de la entidad, y dirigida al Ayuntamiento de Torrent.
     
    El plazo de admisión de solicitudes será de un mes desde la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.

Forma de presentación
  • On-line
    • El ciudadano podrá presentar su solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Torrent (www.torrent.es), utilizando los modelos normalizados existentes en carpeta ciudadana. A tal efecto, puede encontrar manuales y vídeo tutoriales en el apartado "Asistencia técnica para la tramitación electrónica", en la Sede Electrónica. También puede plantear consultas o incidencias al correo ajudam@torrent.es.
Plazo Presentación
  • Plazo de solicitudes: desde el 04/04/2023 hasta el 03/05/2023 (ambos inclusive)
Información interna
  •  

     

    Dades

     

     

    Nom dada

    Tipo

    Descripció

     

    Dada1

    Tipo de la dada 1

     

     

    Dada2

    Tipo de la dada 2

     

     

    Dada3

    Tipo de la dada 3

     

     

    Dada4

    Tipo de la dada 4

     

     

     

    Versió 2

     

     

     

    Pas

    Acció

    Descripció

    Unitat organitzativa

     

    1

    Oficina Virtual

    ·    Inicia l’expedient

    Elaboració de bases.

    Gestió Cultural i Turisme

     

    2

    PORTAFIRMAS

    Proposta Concejal aprovació convocatòria

    Gestió Cultural i Turisme

     

    3

    INFORME TÈCNIC

    Reconeiximent de crédit

    Intervenció

     

    4

    ACORD_JGL

    Proposta Junta de Govern

    Junta de Govern Local

     

    5

    Registre

    Registre de les sol·licituts

    TDIC

     

    6

    Oficina Virtual

    Obrir expedient

    Gestió Cultural i Turisme

     

    7

    OFICI

    En cas de subsanacions (10 dies)

    Gestió Cultural i Turisme

     

    8

    INFORME TÈCNIC

    Òrgan instructor (un per a totes les sol·licituts)

    Gestió Cultural i Turisme

     

    9

    INFORME TÈCNIC

    Òrgan valoració (un per a totes les sol·licituts)

    Concejalía (*)

     

    10

    ACORD_RESOL·LUCIÓ

    Decret (un per a totes les sol·licituts)

    Gestió Cultural i Turisme

     

    11

    OFICI

    Notificació a Associació, Pagos i Comptabilitat

    Gestió Cultural i Turisme

     

    12

    Tancar expedient

     

    Gestió Cultural i Turisme

     

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