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URBA-103 Comunicación de puesta en funcionamiento de la actividad

URBA-103 Comunicación de puesta en funcionamiento de la actividad

Procedimiento por el cual el interesado comunica (una vez obtenida la licencia ambiental y finalizada, en su caso, la construcción de las instalaciones y obras) el inicio de la actividad, adjuntando la documentación necesaria indicada en el Decreto de concesión de la Licencia Ambiental.
Transcurrido el plazo de un mes sin que se efectúe visita de comprobación por el Ayuntamiento, podrá iniciarse el ejercicio de la actividad.


Documentación a aportar
  • Con carácter general, para todas las solicitudes
    • Certificación del técnico director de la ejecución del proyecto
      • (Final de instalaciones y en su caso obras) firmado por técnico competente y visado por el correspondiente colegio profesional, si así procediera, en la que se especifique la conformidad de la instalación o la actividad a la licencia ambiental que las ampara, así como la eficacia de las medidas correctoras que se hubieran establecido.
    • Documentación requerida en el Decreto
      • Documentación requerida en el Decreto de concesión de la licencia

  • En el caso de persona jurídica y NO haber presentado procedimiento previo mediante la URBA-122
    • Escritura de constitución de la sociedad mercantil
      •  y de los poderes otorgados a la persona que actúe como representante
  • En el caso de obras, de NUEVA PLANTA
    • Acta de recepción de la obra
    • Certificado de Iberdrola
      •  Relativo a las instalaciones y conexión a la red general que dote a la parcela de la condición de solar, en su caso
    • Certificado Empresa Mixta Aigües de l'Horta S.A.
      • relativo a las instalaciones del ciclo interno del agua y conexión a la red general de alcantarillado que dotan la parcela de la condición de solar
    • Copia de Declaración de alteración de bienes inmuebles de naturaleza urbana (Mod.900D)
  • IMPRESO DE LA SOLICITUD
Normativa
Preguntas Frecuentes
  • ¿En que formato se subirán los documentos requeridos?
    • Los documentos requeridos en el trámite, deberían subirse en formato PDF. Las planos que se aporten en formato digital deberán estar acotados y con escala gráfica, pues de lo contrario no son legibles ni medibles las propuestas planteadas.
Observaciones
  • AVISO: LA FALTA DE DOCUMENTACIÓN REQUERIDA NO HABILITARÁ AL INTERESADO PARA EL INICIO DE LA ACTIVIDAD.

    NOTA IMPORTANTE:
    Según el art. 16.2 del Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (en adelante RDL 1/2004) y mediante el Modelo 900D de Catastro (www.sedecatastro.gob.es), se deberá declarar las variaciones de orden físico, jurídico y económico.
    Según el art.70 del RDL 1/2004, establece que la falta de presentación de las declaraciones o el no efectuarlas en plazo son infracciones tributarias simples.
    Y según art.28.2 del RD 417/06, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece que el plazo de presentación de las declaraciones será de dos meses contados desde el día siguiente al del hecho, acto o negocio objeto de la declaración, a cuyo efecto se atenderá a la fecha de terminación de las obras, a la del otorgamiento de la autorización administrativa de la modificación de uso o destino y a la fecha de la escritura pública o, en su caso, documento en que se formalice la modificación de que se trate.
    En el caso de declaraciones extemporáneas, el art. 87 del RD 417/06, de 7 de abril, cuantifica la sanción aplicable en función del retraso en la declaración, y de la existencia o no de requerimiento previo por parte de la Administración.

Forma de presentación
  • On-line
    • El ciudadano podrá presentar su solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Torrent (www.torrent.es), utilizando los modelos normalizados existentes en carpeta ciudadana. A tal efecto, puede encontrar manuales y vídeo tutoriales en el apartado "Asistencia técnica para la tramitación electrónica", en la Sede Electrónica. También puede plantear consultas o incidencias al correo ajudam@torrent.es.
  • Presencial
    • El ciudadano podrá presentar su solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.* HORARIO DE ATENCIÓN PRESENCIAL: LUNES a VIERNES de 8:30 h a 18:30 h y SÁBADOS de 9:00 h a 12:30 h (Excepto el periodo entre 01/07 y el 31/08 que tendrá horario especial y otros periodos especiales como Navidad o Fallas, que podrá consultar en www.torrent.es).* Se atenderá exclusivamente con CITA PREVIA.
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