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TESO-029 Declaración por transmisión de dominio a efectos del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)

TESO-029 Declaración por transmisión de dominio a efectos del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)

Iniciar el procedimiento de gestión tributaria por el sujeto pasivo, al efecto de la liquidación del Impuesto.


Requisitos
  • Ser interesado en el procedimiento
  • La existencia del hecho causante de la solicitud
Documentación a aportar
  • Con carácter general, para todas las solicitudes
  • Caso 1: En el caso de representación y de solicitar: Método real, más beneficioso o No sujeción por inexistencia de incremento de valor, para el caso de TRANSMISIONES LUCRATIVAS (herencias y donaciones)
    • Acreditación de la representación o Autorización, junto al documento de identificación de la persona representada y representante
    • Documento que acredite la realización del hecho imponible del impuesto
      • (Copia simple de la escritura, documento privado de adjudicación de la herencia, etc.)
    • Modelo 650, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Relación de bienes
    • Títulos anteriores que acrediten la adquisición
  • Caso 2: En el caso de solicitar: Método real, más beneficioso o No sujeción por inexistencia de incremento de valor, para el caso de TRANSMISIONES LUCRATIVAS (herencias y donaciones)
    • Documento que acredite la realización del hecho imponible del impuesto
      • (Copia simple de la escritura, documento privado de adjudicación de la herencia, etc.)
    • Modelo 650, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Relación de bienes
    • Títulos anteriores que acrediten la adquisición
  • Caso 3: En el caso de representación y de solicitar: Método real, más beneficioso o No sujeción por inexistencia de incremento de valor, para el caso de TRANSMISIONES ONEROSAS (compraventa)
    • Acreditación de la representación o Autorización, junto al documento de identificación de la persona representada y representante
    • Documento que acredite la realización del hecho imponible del impuesto
      • (Copia simple de la escritura, documento privado de adjudicación de la herencia, etc.)
    • Títulos anteriores que acrediten la adquisición
      • (Si la adquisición ha sido por Herencia / Donación debe aportar el Modelo 650 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, incluida la Relación de Bienes). -Agregarlo como documento adicional-
  • Caso 4: En el caso de solicitar: Método real, más beneficioso o No sujeción por inexistencia de incremento de valor, para el caso de TRANSMISIONES ONEROSAS (compraventa)
    • Documento que acredite la realización del hecho imponible del impuesto
      • (Copia simple de la escritura, documento privado de adjudicación de la herencia, etc.)
    • Títulos anteriores que acrediten la adquisición
      • (Si la adquisición ha sido por Herencia / Donación debe aportar el Modelo 650 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, incluida la Relación de Bienes). -Agregarlo como documento adicional-
  • Caso 5: En el caso de representación y ser el comprador o Método Objetivo
    • Acreditación de la representación o Autorización, junto al documento de identificación de la persona representada y representante
    • Documento que acredite la realización del hecho imponible del impuesto
      • (Copia simple de la escritura, documento privado de adjudicación de la herencia, etc.)
  • Caso 6: En el caso de ser el comprador o Método Objetivo
    • Documento que acredite la realización del hecho imponible del impuesto
      • (Copia simple de la escritura, documento privado de adjudicación de la herencia, etc.)
Silencio
  • No procede
    • Finalizado el plazo de resolución, sin haberse producido respuesta de la administración la solicitud quedará resuelta de forma no procedente para el solicitante.
Observaciones
  • Plazo para la presentación de la documentación:
    - Transmisiones inter vivos: 30 días hábiles, desde la fecha de la transmisión.
    - Transmisiones mortis causa: 6 meses desde la fecha de defunción, prorrogables a un año a solicitud del sujeto pasivo.
     
    Fórmulas de Cálculo del Impuesto
    Método objetivo: Base Imponible = Valor del terreno * Coeficientes previstos en la Ley.
    Método real: Basado en el ganancia obtenido. A petición del sujeto pasivo (interesado).
    - En este caso debe aportar el título anterior, y además si la adquisición ha sido por Herencia / Donación debe aportar el Modelo 650 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones incluida la Relación de Bienes.
     
    Si no se ha producido incremento de valor del inmueble objeto de la transmisión, puede pedir la no sujeción al Impuesto (IIVTNU).
    - En este caso debe aportar el título anterior, y además si la adquisición ha sido por Herencia / Donación debe aportar el Modelo 650 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones incluida la Relación de Bienes

    En caso de que el período de generación del incremento de valor sea inferior a un año, se prorrateará el coeficiente anual teniendo en cuenta el número de meses completos.

Forma de presentación
  • On-line
    • El ciudadano podrá presentar su solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Torrent (www.torrent.es), utilizando los modelos normalizados existentes en carpeta ciudadana. A tal efecto, puede encontrar manuales y vídeo tutoriales en el apartado "Asistencia técnica para la tramitación electrónica", en la Sede Electrónica. También puede plantear consultas o incidencias al correo ajudam@torrent.es.
  • Presencial
    • El ciudadano podrá presentar su solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.* HORARIO DE ATENCIÓN PRESENCIAL: LUNES a VIERNES de 8:30 h a 18:30 h y SÁBADOS de 9:00 h a 12:30 h (Excepto el periodo entre 01/07 y el 31/08 que tendrá horario especial y otros periodos especiales como Navidad o Fallas, que podrá consultar en www.torrent.es).* Se atenderá exclusivamente con CITA PREVIA.
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